Pmduoet

Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial (PMDUOET)

Definición

Con base en el Artículo 57 del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial (PMDUOET) será el instrumento de planeación, con visión prospectiva de largo plazo, en el que se representa la dimensión territorial del desarrollo del municipio, establecerá la zonificación del territorio, asignando los usos y destinos para áreas y corredores urbanos, la intensidad y lineamientos específicos de uso de suelo para cada zona o corredor, así como las modalidades y restricciones al uso del suelo y a las construcciones, definiendo el marco para ordenar las actividades sociales y económicas en el territorio, desde una perspectiva integral y sustentable, atendiendo los aspectos sociales, ambientales y económicos.

El programa municipal se sujetará a las previsiones del Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial (PEDUOET), así como a las del plan municipal de desarrollo, debe tener, además, una estricta observancia y congruencia con los instrumentos normativos, programáticos y de política pública de los órdenes estatal y nacional.

Es uno de los instrumentos del Sistema de Planeación Municipal (SMP), el cual deberá ser instrumentado y operado por cada una de las unidades administrativas municipales responsables del Desarrollo Urbano, Ordenamiento Ecológico, Ordenamiento Territorial, Protección del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico y Prevención de Riesgos, de acuerdo con las competencias y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Sustento normativo para la actualización del PMDUOET

El proceso de actualización del PMDUOET, parte de lo señalado en el Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato (CTEMG), en su articulado siguiente:

Revisión y actualización de los programas municipales

Artículo 62. Los programas municipales deberán ser revisados y, en su caso, actualizados dentro de los seis meses siguientes a la publicación del programa estatal o de sus respectivas actualizaciones.

Con base a lo anterior, y debido a que el PEDUOET fue actualizado y publicado el día 2 de abril de 2019 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, se torna necesaria y obligatoria la actualización del instrumento municipal.

Participación social y ciudadana

Artículo 516. El Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos promoverán la participación social y ciudadana en la formulación, actualización, ejecución y evaluación de los programas a que se refiere el Código, en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables.

PMDUOET vigente

Actualmente el municipio cuenta con el estudio de ordenamiento aprobado en sesión ordinaria de Ayuntamiento No. 93 de fecha 12 de septiembre de 2018.

Elementos que contempla el PMDUOET

Artículo 41. Los programas estatal, municipal y metropolitano se integrarán con, al menos, los siguientes capítulos: